martes, 12 de febrero de 2019

COMPARECENCIA ISABEL CELAÁ COMISIÓN EDUCACIÓN 5 FEBRERO

El señor PRESIDENTE: Buenos días a todos. Señora ministra, bienvenida a esta reunión de la Comisión de Educación y Formación Profesional, cuyo orden del día ha sido ratificado previamente a esta reunión, en una sesión de Mesa y portavoces. Esta comparecencia se celebra para que explique dos temas. 

En primer lugar, si se ha evaluado el impacto que tiene la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, sobre la oferta existente de prácticas académicas, la pérdida de oferta que se va a producir, el efecto sobre la formación profesional dual y quién piensa que va a asumir el coste de las cuotas de la Seguridad Social; iniciativa esta del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. 

Y en segundo lugar, para que explique sus planes para derogar de forma urgente e inmediata la Lomce; iniciativa del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea. 

Vamos a acumular en una primera intervención ambas peticiones de comparecencia —como sabe, no tiene usted límite de tiempo—; a continuación, por un tiempo de doce minutos —que evidentemente no es necesario agotar—, intervendrán los portavoces de los distintos grupos parlamentarios, de menor a mayor; después, contestará la ministra y, posteriormente, tendrá lugar un turno de réplica de los portavoces de los grupos parlamentarios por un tiempo máximo de tres minutos, seguido de la contestación final de la señora ministra. Por tanto, comenzamos inmediatamente con la exposición de la señora ministra. Tiene la palabra doña María Isabel Celaá Diéguez. 

La señora MINISTRA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL (Celaá Diéguez): Muchas gracias, señor presidente. Buenos días, señorías. Estoy encantada de estar aquí hoy para poder debatir con todos y todas ustedes lo que hoy nos trae. Voy a empezar de mayor a menor y, por tanto, comenzaré por la ley; el orden de sumandos supongo no alterará el resultado. Como les digo, tengo el gusto de comparecer hoy de nuevo ante esta Comisión de Educación para responder a dos peticiones presentadas por los grupos parlamentarios de Unidos Podemos y Partido Popular, respectivamente. 

Permítanme que comience por lo que se refiere al proceso de tramitación y las previsiones acerca del proyecto de ley por el que se modifica la LOE. Como saben, el pasado 19 de noviembre el Ministerio de Educación y Formación Profesional remitió a las consejerías de Educación de las comunidades autónomas y a todas las organizaciones representadas en los distintos órganos de participación y consulta, entre los que se encuentran el Consejo Escolar del Estado, el Consejo General de la Formación Profesional o las mesas sectoriales de negociación de la educación pública y de la concertada, por no citar sino algunos de los más relevantes, el anteproyecto de ley orgánica por el que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de Educación. 

El anteproyecto se sometió asimismo a consulta pública abierta, como resulta preceptivo. Fue de ese modo como presentamos a la sociedad española nuestra intención de reformar la legislación educativa mediante un texto articulado sobre el que pudiesen dar su opinión y hacer propuestas los miembros de la comunidad educativa, las personas interesadas y las organizaciones o administraciones implicadas en la educación. 

Por medio de este anteproyecto concretábamos la voluntad que habíamos anticipado de reformar la legislación educativa y, a este respecto, permítanme hacer una observación inicial. Se suele señalar, generalmente con una importante carga crítica, que en los años transcurridos desde 1970 hasta la actualidad se han sucedido demasiadas leyes de educación que solo han proporcionado inestabilidad para el sistema educativo e inseguridad para el profesorado, los estudiantes, las familias y los responsables educativos, pero no conviene hacer una lectura tan simple de la evolución de las normas básicas acerca de la educación. 

En realidad, todas las leyes educativas que se han promulgado después de la recuperación de la democracia han mantenido una misma estructura del sistema educativo; así, las etapas educativas que existen en la actualidad han adoptado desde 1990 hasta 2013 un mismo esquema para la organización y el desarrollo del currículo, han modificado solo ligeramente la organización de los centros educativos, han mantenido el sistema de conciertos diseñado hace más de treinta años y han establecido normas bastante estables para el ejercicio de la profesión docente. 

Dicho con otras palabras, en los últimos cuarenta años hemos ido dotando de estabilidad a nuestro sistema educativo. ¿Quiere esto decir, acaso, que el sistema educativo español no haya cambiado? Obviamente, no es ese el sentido de mis palabras ni puede serlo. La educación es una actividad que evoluciona al mismo tiempo que las sociedades a las que sirve, y la sociedad española ha cambiado enormemente desde 1975. Por tanto, no hubiese sido lógico que la educación permaneciera inmutable. 

No ha sido así ni podría haberlo sido. La legislación educativa ha ido evolucionando de acuerdo, además, con la voluntad que la ciudadanía española ha ido expresando sucesivamente en las urnas, como ocurre en todos los países y como es lógico que suceda. Lo que quiero señalar es que los estudiosos, no necesariamente los meros opinadores, consideran que el sistema educativo español ha disfrutado en estas últimas décadas de una estabilidad mayor de lo que muchas veces se reconoce. 

Entre todos hemos ido construyendo paulatinamente un sistema educativo más universal, más inclusivo, que ha ido perfeccionando sus componentes básicos y reforzando la actividad de los centros educativos, así como el trabajo de sus docentes y la vida de sus comunidades escolares. Vale la pena subrayar que hemos vivido una evolución educativa continuada a lo largo de este fructífero periodo democrático. 

Estoy convencida, como sé que muchas de sus señorías comparten, de que nuestro sistema educativo ha alcanzado ya su madurez, y en los sistemas educativos maduros, como el nuestro, no existen soluciones mágicas para resolver sus problemas. 

Ni la Unión Europea ni la OCDE ni la Unesco, por no citar sino algunas organizaciones internacionales con autoridad en materia de educación, avalan esta idea quimérica. La evolución de estos sistemas, en busca siempre de su mejora continua, se hace mediante el trabajo conjunto, el desarrollo de actividades basadas en el principio de confianza, no en el de sospecha, y la participación de todas las personas y organizaciones implicadas. Es así como debemos avanzar también nosotros. 

En realidad, debe reconocerse que el sistema educativo español ha avanzado mediante la búsqueda de equilibrios entre las distintas posiciones manifestadas, con objeto de encontrar solución a los problemas que aún tiene pendientes, entre los que me gustaría destacar el excesivo abandono de los estudios, la insatisfactoria proporción de personas con una formación insuficiente o la falta de mayor igualdad de oportunidades educativas. 

Tenemos problemas que solucionar en nuestro sistema educativo y tenemos que actuar para resolverlos. Y, desgraciadamente, la Lomce tomó un camino equivocado para dar solución a estos problemas, a nuestros problemas. 

No solo rompió el equilibrio que se había ido alcanzando, a veces arduamente, trabajosamente, entre las diferentes visiones y planteamientos acerca de la educación que, necesariamente, conviven en un sistema democrático y plural, sino que, además, introdujo nuevos problemas que ahora, cuando lleva cinco años aplicándose, se hacen patentes en aspectos tales como el aumento del número de repeticiones de curso o el descenso de las tasas de titulación. 

En suma, la Lomce vino a desandar parte del camino de avance que veníamos recorriendo todos juntos. Por este motivo, les traeremos en un breve plazo un proyecto de ley que pretende derogar esa ley que tantos problemas nos ha creado para volver a retomar aquella senda de educación progresiva y de recuperación del equilibrio perdido, con una inequívoca voluntad de búsqueda de acuerdos. 

Para elaborar este proyecto a partir del anteproyecto que ya conocen, hemos tenido en cuenta muchas opiniones y muchas propuestas. En efecto, han sido muchas las personas y las organizaciones que decidieron participar en los procesos de consulta que pusimos en marcha, preceptivos o no, formales e informales. Los números hablan por sí mismos, son muy expresivos: en la primera fase de consulta se recibieron 43. 639 mensajes por correo electrónico; en la segunda, se han recibido aportaciones más elaboradas y formales de unas cien asociaciones y organizaciones del mundo educativo, de los equipos técnicos de diez comunidades autónomas, de los consejos escolares autonómicos, de diversos ministerios y de un alto número de personas interesadas. 

Además, yo misma y mi equipo hemos celebrado un buen número de reuniones bilaterales o multilaterales con diversas personas y asociaciones. No hemos ahorrado esfuerzos para permitir que quienes tuvieren interés pudieran manifestar su opinión y hacernos llegar sus propuestas. 

Como resultado de este proceso, el anteproyecto que les presentamos hace unos meses se ha enriquecido hasta convertirse en un proyecto maduro, ambicioso y con visión de futuro, que pretende dar respuesta a los desafíos que nuestra sociedad plantea. No es una respuesta coyuntural, no es un regreso a fórmulas conocidas, sino que hemos avanzado con determinación para elaborar un texto legal potenciado a la altura de la situación actual y de los desafíos de futuro que vemos en el horizonte. 

En efecto, los años transcurridos desde la aprobación de la LOE aconsejan revisar algunas de sus medidas y acomodarlas a los retos actuales de la educación, que coinciden con los objetivos fijados por la Unión Europea y la Unesco para la década 2020-2030. La crisis ha cambiado nuestra sociedad, pero también el valor de la educación y las respuestas que los centros educativos han tenido que dar para atender a su alumnado en un contexto de recortes en los recursos. 

Las buenas prácticas —que las hay y en gran número— y las innovaciones que han surgido durante estos últimos años van a recibir apoyo y reconocimiento, reforzándolas y extendiéndolas. Me alegra también decirles que a lo largo de este proceso he podido comprobar que existe un alto grado de acuerdo en torno a muchas de nuestras propuestas; un grado de acuerdo mayor que el que se suele reflejar en tertulias o debates políticos, y creo que eso es una buena noticia. 

Me reafirma en que es posible encontrar acuerdos sin necesidad de caer en algunos tópicos cuando hablamos de eventuales pactos. Porque es en este terreno concreto, basado en textos sobre los que debatir, donde podremos encontrar los acuerdos que buscamos y no en esquemas irreales basados en la constitución de comisiones u otras instancias múltiples para promover un pacto en educación. 

Ahora es cuando todos vamos a tener la posibilidad de demostrar nuestra voluntad real de acuerdo. El ministerio que dirijo no va a dudar en propiciar la búsqueda de acuerdos. Permítanme ahora que pase a detallar algunos de los planteamientos centrales del proyecto de ley que pronto recibirán sus señorías. Son cinco los enfoques que quiero subrayar. 
  • En primer lugar, el proyecto incluye el enfoque de derechos de la infancia entre los principios rectores del sistema, según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas de 1989, reconociendo el interés superior del menor, su derecho a la educación y la obligación que tiene el Estado de asegurar el cumplimiento efectivo de sus derechos. Es un elemento novedoso que vale la pena subrayar y que se traduce, por ejemplo, en el refuerzo de la consideración educativa que recibe la educación infantil, sobre todo en el primer ciclo, o en la atención a todo el alumnado con necesidades educativas específicas a lo largo de su trayectoria educativa. 
  • En segundo lugar, plantea un enfoque transversal, orientado a elevar los resultados de todos los estudiantes por medio de una dinámica de mejora continua de los centros educativos y una mayor personalización del aprendizaje. Por eso, presta una especial atención, por una parte, a los mecanismos de detección temprana de dificultades, a su seguimiento y recuperación o a la inclusión educativa que atiende la diversidad y, por otra, al mejor funcionamiento de los centros educativos, reforzando su autonomía, propiciando su capacidad de innovación y dotándoles de instrumentos para elaborar sus planes de mejora, con objeto de atender adecuadamente a cada uno de sus estudiantes. 
  • En tercer lugar, reconoce la importancia de atender al desarrollo sostenible, de acuerdo con la Agenda 2030. Así, la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial ha de incardinarse en los planes y programas educativos de la totalidad de la enseñanza básica, incorporando los conocimientos, capacidades, valores y actitudes que necesitan todas las personas para tener una vida fructífera, adoptar decisiones fundamentadas y asumir un papel activo, tanto en el ámbito local como mundial, a la hora de afrontar y resolver los problemas comunes a todos los ciudadanos del mundo. La educación para el desarrollo sostenible y para la ciudadanía mundial incluye la educación para la paz y los derechos humanos, la educación intercultural y la educación para la transición ecológica y la comprensión internacional. Y ello está ligado con la atención que se presta a la resolución de conflictos, al cuidado de la convivencia escolar o a la prevención de violencia contra la infancia, que aparecen mencionados varias veces en el anteproyecto. 
  • En cuarto lugar, adopta un enfoque de igualdad de género a través de la coeducación y fomenta en todas las etapas el aprendizaje de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia de género y el respeto a la diversidad afectivo-sexual, introduciendo en educación secundaria la orientación educativa y profesional del alumnado con perspectiva inclusiva y no sexista. Insiste el nuevo texto legal en la necesidad de reforzar los valores que permiten el desarrollo de sociedades igualitarias, justas y dotadas de proyectos comunes, para lo cual recupera en la educación primaria y en la educación secundaria obligatoria una materia común de valores cívicos y éticos. 
  • En quinto lugar, la ley insiste en la necesidad de seguir teniendo en cuenta el cambio digital que se está produciendo en nuestras sociedades y que forzosamente afecta a la actividad educativa. Con este objeto se incluye la atención al desarrollo de la competencia digital de los estudiantes de todas las etapas educativas, tanto a través de contenidos específicos como en una perspectiva transversal. 
La adopción de estos enfoques tiene como objetivo último reforzar la equidad y la capacidad inclusiva del sistema. Si ya la LOE planteaba estos objetivos, ahora este proyecto los refuerza significativamente introduciendo medidas que eviten la segregación interna en los centros escolares y en el sistema. 

La ciudadanía nos reclama un sistema educativo mucho más moderno, más abierto, menos rígido, multilingüe y cosmopolita, que desarrolle todo el potencial y talento de nuestros jóvenes, planteamientos que son ampliamente compartidos por la comunidad educativa y por la sociedad española. Y ese es el modelo de sistema educativo que plantea este proyecto. Así pues, la finalidad de este proyecto de ley no es otra que establecer un renovado ordenamiento legal que aumente las oportunidades educativas y formativas de toda la población, que contribuya a la mejora de los resultados educativos del alumnado y que satisfaga la demanda generalizada en la sociedad española de una educación de calidad para todos. 

Esos, y no otros, son sus objetivos centrales. Para alcanzar estas finalidades se plantea una serie de modificaciones sobre la Ley Orgánica de Educación en su redacción actual, cuyos aspectos esenciales paso a describir a sus señorías. 
  • En el título preliminar se actualizan los principios y los fines del sistema educativo español, se da una nueva redacción a la definición de currículo y de sus elementos básicos y se modifica la distribución de competencias entre el Gobierno y las comunidades autónomas en su desarrollo para recuperar la anterior, más adecuada y pertinente. En esta redacción se trata de garantizar una estructura del currículo al servicio de una educación inclusiva y acorde con la adquisición de competencias, que valore además la diversidad. 
  • En relación con la ordenación de las enseñanzas, se fortalece, en primer lugar, el valor educativo de la atención a los niños y niñas menores de tres años atendidos en el primer ciclo de educación infantil y se otorga un mandato al Gobierno, en colaboración con las administraciones educativas, para regular los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que lo imparten. 
    • En educación primaria se recupera la estructura por ciclos, se fortalece la inclusión educativa y la atención personalizada, se insiste en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades, tendiendo a la excepcionalidad de la repetición de curso y ligando esta —cuando resulte inevitable— a un plan individualizado para el alumno al que se aplique y de cuyo seguimiento será responsable uno de los profesores del equipo docente. 
    • La educación secundaria obligatoria se organiza de forma que su finalización conduzca a la obtención de un título único sin prueba externa, intensificando las medidas para ampliar el número de quienes lo obtienen. Nuestro objetivo es que la mayor parte de los y las jóvenes españolas obtengan este título básico que tan necesario les va a resultar en su vida adulta. Para ello, se refuerza la atención a la diversidad con el respaldo a medidas educativas inmediatas y con la recuperación de los programas de diversificación curricular y una nueva configuración de la formación profesional básica. Se flexibiliza la organización facilitando la agrupación de materias en ámbitos y permitiendo el trabajo por proyectos como configuración de las materias optativas. Se respalda el valor formativo de la evaluación potenciando su carácter integrador y colegiado, desarrollando evaluaciones de diagnóstico y ligando la evaluación académica a la consecución de las capacidades que se deben alcanzar en la etapa. 
    • Se recupera la obtención del título de bachiller a través del proceso ordinario de la evaluación, retomando la prueba de acceso exclusivamente para la entrada en la universidad. Organizativamente, se flexibiliza su duración sin obligar a repetir necesariamente cursos enteros y se vuelve a una estructura más simple compartida por todas las comunidades autónomas. 
    • Se apuesta por la flexibilización de las enseñanzas de formación profesional y la agilización de los procesos de incorporación de nuevos contenidos y se organiza el acceso a los ciclos formativos y de estos a otras enseñanzas, evitando vías muertas y favoreciendo la continuidad en la formación. 
    • En una disposición adicional se refuerzan e impulsan los procesos de acreditación de competencias profesionales, con objeto de favorecer la formación permanente y la continuación de los estudios. 
    • Entre las medidas relacionadas con la equidad en la educación, se insiste en la atención especial que las administraciones educativas deben prestar a la escuela rural y a la insular, favoreciendo la permanencia en el sistema educativo de los jóvenes de estos ámbitos más allá de la educación básica. 
    • Por otra parte, se señala que en la admisión del alumnado en centros públicos y privados las administraciones públicas garantizarán el derecho al acceso a la educación en condiciones de igualdad y no discriminación y la libertad de elección de centro por padres, madres o tutores, y atenderán a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y del que se encuentre en situación económica desfavorecida. 
    • El proyecto reestablece el equilibrio que debe existir en la programación de la red de centros, garantizando los derechos y las libertades de todos los interesados y estableciendo que los principios de programación y participación deben ser tenidos en cuenta en la confección de la oferta de plazas en los centros educativos. 
    • Por ello, recupera algunas disposiciones de larga vigencia en nuestra legislación de conciertos educativos y elimina algunas disposiciones claramente lesivas que había introducido la Lomce y que hacían que la enseñanza concertada se desviase del cumplimiento de su misión social de apoyo al principio del derecho a la educación. 
    • Por otra parte, sin pretender modificar el régimen de conciertos recupera el equilibrio alcanzado con legislaciones anteriores y que la Lomce desbarató. Para reforzar el buen funcionamiento de los centros educativos, adopta varios tipos de medidas. 
    • Por una parte, recupera la concreción del principio de participación que se había visto preterido reestableciendo el equilibrio anterior a la Lomce en la atribución de competencias entre dirección y consejo escolar en el gobierno de los centros. 
    • Por otra, identifica la dirección de los centros educativos como un factor clave para la calidad del sistema educativo y se apuesta por un modelo de dirección que se alinea con las recomendaciones europeas sobre esta figura, que ha de conjugar la responsabilidad institucional de la gestión del centro con la organización, la gestión administrativa, la gestión de recursos, el liderazgo y la dinamización pedagógica desde un enfoque colaborativo. 
    • Para ello, incorpora a un director o directora experimentado en las comisiones de selección de nuevos directores y establece una formación preceptiva con carácter previo al nombramiento efectivo como director o directora, puesto que constituye una prioridad del sistema educativo contar con una dirección de calidad en los centros. 
    • Y como señalaba más arriba —y ya voy concluyendo para que sus señorías no pierdan la paciencia—, es necesario también reforzar una autonomía asociada a un proceso continuo de análisis orientado a la mejora y rendición de cuentas; autonomía que debe favorecer la innovación y que se plasma en un proyecto educativo al que se incorporan los planes de mejora. 
    • Una de las fuentes para el análisis y la mejora lo constituyen las evaluaciones de diagnóstico establecidas para los cuartos cursos de educación primaria y segundos de educación secundaria obligatoria, que son objeto de una nueva regulación cuyo diseño se incluye a partir de un marco establecido por el instituto de evaluación en colaboración con las comunidades autónomas. 
    • Se ofrece también una nueva redacción relativa a la evaluación general del sistema educativo que se propone para el último curso de educación primaria y de educación secundaria obligatoria y que se llevará a cabo con carácter muestral y plurianual, una evaluación para la evaluación de las competencias adquiridas por el alumnado. 
Soy consciente de que la modernización de nuestro sistema educativo requiere cambios y sé que no se agotan aquí. Necesitamos el desarrollo curricular, cuestión que abordaremos. Sé también que hay otros procesos que hemos iniciado y que requieren un proceso más largo; me estoy refiriendo, por ejemplo, al relacionado con la profesión docente, que no se ha incluido en el proyecto. 

Este Gobierno tiene el propósito decidido de analizar, valorar y resolver los problemas que tienen el profesorado y el conjunto de quienes trabajan en los centros educativos. Estos son problemas que llevan años enquistados pero que el Gobierno no va a esconder. Estamos convencidos de que el papel del profesorado es clave para la mejora de la educación y para afrontar los retos que tiene el sistema educativo en la actualidad, pero los tiempos y procedimientos de esa compleja tarea no se adecuan a los de la tramitación de una ley orgánica. 

Los procesos de participación y negociación que se requieren son distintos, son más complejos, y ya hemos empezado a trabajar para abordarlos buscando el acuerdo desde el respeto a los cauces de negociación y participación. Por tanto, la ley incluirá una disposición por la cual el Gobierno se obliga a abordar esta cuestión en los próximos meses. 

Paso ahora a tratar más brevemente el segundo de los asuntos para el que he sido convocada. Me propongo ahora, a petición del Grupo Parlamentario Popular, explicar los efectos que causa en el mundo educativo no universitario la aplicación del Real Decreto 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo; real decreto-ley que comienza ahora su tramitación como proyecto de ley ante esta Cámara, tras la decisión adoptada hace unos días en el trámite para su convalidación. 

Como saben, me resulta grato hablar con ustedes de diversos temas, pero lo cierto es que estamos ante una comparecencia que les diré que es impropia, además de anticipada, pues la información que ustedes me demandan está sujeta a condición de desarrollo. Impropia, por cuanto la explicación de las pretensiones de alcance de la norma debieran habérsela cursado ustedes —seguramente también lo han hecho— al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, y porque además está condicionada a un suceso futuro y todavía incierto, como es el desarrollo normativo del cual se hace depender; se hace depender porque, ¿cómo se cumplirá la obligación establecida? De cómo se cumpla, determinará su verdadero efecto jurídico, por tanto, es esencia de la condición su carácter aleatorio. 

Su cumplimiento o incumplimiento no es conocido en el momento de establecerse ni puede depender exclusivamente de la voluntad del obligado afectado por ella, lo que en nuestro caso, como Ministerio de Educación y Formación Profesional, es como sigue. Por si esto fuera poco, y como se va a tramitar como proyecto de ley, entiendo que todos y cada uno de ustedes van a tener la posibilidad de posicionarse, de manifestar su opinión y dar argumentos relacionados con este punto durante la tramitación parlamentaria del real decreto-ley y enmendarlo. 

Así pues, señorías, desde el primer momento hago esta importante advertencia para que sea tenida en cuenta, con independencia de describir unos primeros efectos en nuestro sistema que pudieran derivarse de esta innovación legislativa y que no pueden darse como ciertos pues estamos pendientes del desarrollo, con lo cual estamos ante una comparecencia un poco de ficción, o por lo menos anticipada, lo que no debiera darse en esta institución. No obstante, trataré de explicitar lo que nos afecta. 

El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, incluye efectivamente una disposición adicional quinta en la que se prevé la inclusión en el régimen general de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena de las personas que realicen prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación, así como la realización de prácticas no laborales en empresas y la realización de prácticas académicas externas al amparo de la respectiva regulación legal y reglamentaria, aunque no tengan carácter remunerado. 

Las prácticas a las que se refiere el párrafo anterior comprenden las realizadas tanto por alumnos universitarios de titulaciones oficiales de grado y máster como por alumnos de formación profesional de grado medio o superior. 

La cotización a la Seguridad Social se efectuaría en todo caso aplicando las reglas de cotización correspondientes a los contratos para la formación y el aprendizaje sin que exista obligación de cotizar por las contingencias de desempleo ni al Fondo de Garantía Social ni por formación profesional. 

Lo previsto en esta disposición resultará de aplicación a las personas cuya participación en programas de formación o realización de prácticas no laborales y académicas de carácter no remunerado comience a partir del día 1 del mes siguiente al de la entrada en vigor de la norma reglamentaria de desarrollo, que deberá aprobar el Gobierno. Con anterioridad al Real Decreto-Ley 28/2018 únicamente estaban incluidas en el sistema de Seguridad Social las personas que realizaban prácticas y programas formativos remunerados. 

Según me están trasmitiendo y están trasmitiendo públicamente las administraciones educativas a la Dirección General de Formación Profesional, si los empresarios tuvieran que pagar, aunque fuera poco, a la Seguridad Social, podría haber reticencias para realizar este módulo profesional denominado Formación en Centros de Trabajo, conocido como FCT, sobre todo en determinados ciclos en los que ya de por sí resulta difícil encontrar centros de trabajo dispuestos a colaborar para la realización de estas prácticas preceptivas. 

Si la obligación de cotizar recayera vía convenio en las administraciones educativas, también supondría un problema por la carga en los presupuestos de las distintas comunidades autónomas. 

Por tanto, es importante reflexionar sobre las consecuencias y el posible desarrollo para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Real Decreto-Ley 28/2018 y que estas no supongan desincentivación de la participación del sector productivo en su colaboración con el mundo educativo. 

La mencionada disposición, como les digo, indica que la cotización a la Seguridad Social se efectuará en todo caso aplicando las reglas de cotización correspondientes a los contratos para la formación y el aprendizaje, sin que exista obligación de cotizar por las contingencias de desempleo ni al Fondo de Garantía Social ni por la formación profesional. 

Sin conocer el desarrollo normativo con las deducciones, reducciones y bonificaciones que pudieran establecerse, no podemos cuantificar con ningún tipo de fiabilidad, ni siquiera por aproximación, el importe de la cuantía de cotización para estas prácticas. 

En todo caso, sí me parece oportuno insistir en que la medida supone ante todo o pretende en su configuración en origen la extensión de un derecho con el fin de reforzar la protección social de los estudiantes, mejora efectivamente las condiciones en las que se desarrollan las actividades formativas a través del adecuado aseguramiento frente a riesgos comunes, como enfermedades profesionales o accidentes de trabajo, pero esta medida no puede nunca generar perturbación en el sistema y no conseguir su mejora. 

No puede ser una traba que consiga empeorar la calidad formativa o brindar menos oportunidades en la formación en centros de trabajo. Si así fuera, tengan ustedes muy presente que el Gobierno estará en contra de esta medida. No obstante, vuelvo a recordar a sus señorías que estamos tramitando como proyecto de ley este real decreto-ley, por lo que en su tramitación parlamentaria tendremos todos la oportunidad de fijar posición conociendo las líneas de su desarrollo y los efectos que puede causar en el sistema formativo. 

Señorías, este es el nuevo reto al que nos enfrentamos: actualizar, modernizar, hacer coherente con nuestro sistema este sector sin perjudicar lo más mínimo la misión de la enseñanza, pero corrigiendo los excesos que a su amparo se hayan producido, y regular efectivamente de forma acorde con nuestras leyes estas actividades. 

Pueden estar seguros de que el Gobierno no va a permitir que esta o cualquier otra medida pueda ir en detrimento del sistema educativo, de la prestación del servicio, de su calidad y de la máxima amplitud de posibilidades para prestarlo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario