miércoles, 19 de febrero de 2020

PLENO 6 FEBRERO PONENCIA LEY EVALUACIÓN AMBIENTAL

SEÑOR PRESIDENTE DE LAS CORTES: Muchas gracias, señor Fernández. Pasamos al segundo punto del orden del día, constituido por el debate y votación del Dictamen emitido por la Comisión de Desarrollo Sostenible sobre el Proyecto de Ley número 1, de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla-La Mancha. Aprovecho para saludar a los diversos representantes de la sociedad civil de Castilla-La Mancha que se encuentran en la tribuna de invitados, y le doy la palabra, si lo estima oportuno, al Consejo de Gobierno para presentar el proyecto de ley. Tiene la palabra don José Luis Escudero, consejero de Desarrollo Sostenible, por tiempo máximo de 15 minutos. 

SEÑOR CONSEJERO DE DESARROLLO SOSTENIBLE (Don José Luis Escudero Palomo): Buenos días. Gracias, señor presidente, señorías, diputados, diputadas. Un saludo también muy especial a todos ustedes, pero, sobre todo, a las personas que nos acompañan desde la tribuna. También a aquellas que nos acompañan a través de la propia página web de las Cortes de Castilla-La Mancha, y que no han podido estar aquí presentes. 

Sean bienvenidos, como digo, a estas Cortes. En apenas dos meses traemos desde el Gobierno regional dos leyes que se orientan a ese anhelo, a ese deseo, a ese compromiso del presidente, de Emiliano García-Page, para transitar hacia un desarrollo sostenible en Castilla-La Mancha. Aprobamos, a finales del mes de noviembre del año pasado, la Ley de Economía Circular, y hoy, escasamente dos meses después, traemos a aprobación la ley de evaluación ambiental. Una ley que cumple, como digo, con uno de los compromisos del Gobierno de Emiliano García-Page en su apuesta por un desarrollo sostenible. 

Demostramos, una vez más, que este Gobierno cumple con palabras y cumple con hechos sus compromisos, como digo, en materia de Normativa, en materia de ley. Miren, esta ley, la ley de evaluación ambiental es muy importante para Castilla-La Mancha. Es trascendental desde el punto de vista medioambiental, pero también social y económico. Una ley, en este caso, que va a tener incidencia directa, gran trascendencia en la creación de riqueza, de prosperidad y de empleo, en definitiva, para nuestra tierra. 

Por tanto, insisto en ese compromiso inequívoco del Gobierno regional con el desarrollo sostenible, conjugando la creación de prosperidad con la protección y el cuidado del medio ambiente. (Aplausos). Cuando hablamos, además, de evaluación ambiental, viene muy bien a colación una frase de la científica, la antropóloga Jane Goodall, que la vamos a tener en marzo además, en un congreso que va a honrar la figura de Félix Rodríguez de la Fuente, y dice Jane Goodall que no se puede pasar un solo día sin realizar un solo impacto en la tierra, en nuestro planeta, pero que la gran diferencia es acerca de cuál es ese impacto, si es un impacto positivo o es un impacto negativo. 

Pues bien, como digo, en esa filosofía de Jane Goodall, a esa filosofía, pero, sobre todo, a la del impacto positivo, quiere contribuir también esta ley de evaluación ambiental, y este es el objetivo, como les digo, que nos hemos marcado en el Gobierno: satisfacer las necesidades de la generación presente, pero, desde luego, sin olvidar y sin poner en riesgo las de las generaciones venideras. 

Por eso, señorías, yo les pido que en el debate que vamos a tener a continuación piensen que esta ley afecta al presente y al futuro de Castilla-La Mancha, y que, por tanto, encontremos entre todos, la manera de unir fuerzas, de sumar esfuerzos, para juntos, yo creo, darle unanimidad a una ley que merece nuestra región. Una ley que, en todo caso, va a crear cohesión social, progreso y sostenibilidad. También creo que son muchas las razones por las cuales hay que aprobar hoy esta ley. Les voy a indicar algunas. 

Quiero compartir algunas con ustedes. En primer lugar, ¿cuál es el fin? ¿Cuál es la finalidad principal de esta ley? Garantizar, desde luego, una adecuada prevención de las repercusiones ambientales que cualquier proyecto pueda suponer, pueda implicar, pero teniendo, en este caso, también en cuenta medidas para evitar, corregir o para compensar esos impactos, así como también arbitrar los mecanismos de seguimiento adecuados para esa implantación. 

Además, otra de las razones poderosas para aprobar la ley es adecuarla a la Normativa comunitaria, y también la Normativa estatal. Por tanto, esta ley va a modificar la actual Ley 4/2007, del 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, y creo que también otra poderosa razón es que con esta ley se va a simplificar el marco normativo autonómico en materia de evaluación ambiental, tanto para la Administración como, sobre todo, para el administrado. 

También, desde luego, se van a incorporar mecanismos, procedimientos que van a facilitar y van a agilizar los trámites administrativos, y otra de las bondades que también va a tener esta ley es extender incluso la propia necesidad de ser sometido a una evaluación de impacto ambiental, incluso a más categorías de las que contempla la propia Normativa básica estatal. 

Una medida adicional de protección que no está reñida en absoluto con la creación de riqueza en nuestra región. Otra consideración que yo les quiero plantear para que se apruebe por unanimidad esta ley es la creación de conexiones, la creación de fórmulas entre la evaluación ambiental estratégica, y también con los procedimientos que incluso contempla la legislación urbanística y de ordenación del territorio. 

También, en este caso, uno de los valores añadidos que contempla esta nueva ley es el de coordinar aspectos que en la Normativa básica estatal están dispersos, como pueden ser la evaluación de proyectos y la prevención y el control integrado de la contaminación. Esto, desde luego, va a tener también una incidencia muy positiva y va a beneficiar a muchos de los expedientes para instalar industrias, para instalar, en definitiva, modelos de creación de riqueza. 

Por tanto, va a tener un impacto muy positivo, como digo, en la creación y dinamismo de la economía regional. También va a contemplar incluso la presentación de una única solicitud, en este caso para sendas tramitaciones de las que les exponía anteriormente. 

Otra de las razones que me gustaría compartir para aprobar esta ley, la importancia de la misma, es la reducción también de algunas de las categorías de proyectos que están incluidos en el propio anexo 2 que tienen ustedes en el texto de la ley, de acuerdo con los criterios de ese anexo 3, porque ni por sus características, su ubicación, ni tampoco por el impacto derivado procede establecer un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificado. 

En definitiva, señorías, con esta ley se mejora y se optimiza la gestión ambiental y administrativa de los proyectos, de los planes, de los programas que se presenten para su evaluación, con un procedimiento y con una tramitación mucho más ágil y sencilla. 

Para poner también en contexto la importancia de la aprobación de la ley de evaluación ambiental, decirles que desde que entró en vigor la primera Normativa autonómica en esta materia, allá por el año 1999, en 20 años han sido más de 23.000 los procedimientos de evaluación de impacto ambiental a los que nos hemos enfrentado, con lo cual ese es el volumen, para que se hagan una idea, insisto, desde que tenemos una Normativa autonómica en la materia, y solamente el año pasado, en todo el año 2019, se iniciaron cerca de 1.000 expedientes, de 1.000 procedimientos de evaluación ambiental de los proyectos. 

Insisto, creo que son dos datos que demuestran la relación directa, la trascendencia de esta ley de evaluación ambiental con la actividad económica, y que, por tanto, los procedimientos tienen una relación, desde luego, muy directa, y es, por tanto, necesario agilizar, facilitar la tramitación, insisto, al interior de la propia Administración, pero también para cualquier promotor, para cualquier administrado. 

Además, también señorías, se prevé en la misma ley que los procedimientos de evaluación ambiental vuelvan. En este caso, se espera que, en los próximos años, en esta legislatura, se incrementen de manera notable todos aquellos proyectos que van a tener que estar sometidos a una evaluación ambiental. Por tanto, creo que merece la pena dotarnos cuanto antes de una ley moderna y que agilice y facilite la propia tramitación. 

Creo que les he dado suficientes razones que evidencian que estamos ante una ley de gran trascendencia económica, social y medioambiental. Una ley, en cualquier caso, que yo creo que dice de manera muy directa que el proceso de evaluación de impacto ambiental no tiene que ser
obstáculo alguno para el desarrollo socioeconómico, sino más bien lo contrario, una garantía de que los procesos productivos cumplen con los criterios ambientales. 

Por tanto, se trata de aplicar con rigor la Normativa ambiental, sin lastrar, desde luego, el desarrollo socioeconómico. Si quieren, lo digo de otra manera: conjugar esa vertiente del desarrollo sostenible, creando prosperidad, creando riqueza, y protegiendo y cuidando al medio ambiente. Además, es una ley que se ajusta, como les decía anteriormente, al nuevo marco jurídico establecido por las directivas comunitarias. 

Otra razón muy poderosa para que aprobemos por unanimidad esta ley de evaluación ambiental, yo creo que, sobre todo, es la participación, el amplio consenso y la muy elevada participación que se ha dado en estos dos años y algún mes de tramitación de esta norma. 

Quiero, en nombre del Gobierno regional, agradecer, desde luego, las aportaciones, la implicación de todo el tejido social de Castilla-La Mancha, buena parte aquí representado esta mañana en la tribuna: agentes empresariales, sindicatos, organizaciones agrarias, organizaciones ambientalistas. En fin, como digo, todo el tejido social de Castilla-La Mancha ha estado implicado en elaborar, durante algo más de dos años, esta ley de evaluación ambiental. 

Por tanto, ese reconocimiento para todos ellos por su amplia participación. (Aplausos). Además, decirles que en toda esa tramitación se han recibido muchas aportaciones, y han formado parte de las alegaciones y las aportaciones del último texto que hemos traído aquí, a las Cortes, para su aprobación. Una ley, por tanto, consensuada con toda la sociedad de Castilla-La Mancha, y ese espíritu intenso de colaboración de la sociedad de Castilla-La Mancha, yo espero que se traslade hoy aquí, y que los grupos parlamentarios se contagien también de ese espíritu de consenso para que sea aprobada por unanimidad. 

También permítanme que agradezca ya para finalizar, y que felicite también el trabajo de todo el personal. En primer lugar, quiero hacerlo a la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural actual, porque la etapa anterior, en la legislatura pasada, fue quien empezó a elaborar esta ley, que inició el proceso, y, por supuesto, también agradecer y felicitar el trabajo de la Consejería de Desarrollo Sostenible, de todo el equipo que me acompaña y que nos ha permitido llevarla hoy aquí. A todos ellos, desde luego, muchísimas gracias. (Aplausos). 

También, en este caso, volver a insistir, señorías, en que si estamos en una ley que ha merecido el consenso, el trabajo intenso de toda la sociedad de Castilla-La Mancha, si además responde a lo que es un deseo y un objetivo compartido, como es el de la aspiración a un desarrollo sostenible, si estamos, insisto, de acuerdo en suscribir ese objetivo común, yo creo que merece la pena, como les decía anteriormente, que el Partido Popular retire las dos enmiendas que ha presentado. 

Creo que se han dado argumentos de sobra al respecto para, como digo, que la ley que traemos hoy aquí se pueda aprobar, y, además, por unanimidad, haciéndolo, insisto, subrayando y reforzando las aportaciones que ha realizado el resto de la sociedad de Castilla-La Mancha. Una ley, en definitiva, la de evaluación ambiental, señorías, que va a beneficiar a todos los sectores de la sociedad, que desde el rigor de la protección del medio ambiente va a agilizar el trámite de la evaluación ambiental en Castilla-La Mancha, y que, por tanto, va a crear prosperidad, empleo, y también va a proteger el medio ambiente. Insisto, vamos a aprobar esta ley por unanimidad. 

Creo que le hacemos, desde luego, hoy un gran favor a la región, y, sobre todo, insisto, estaremos a la altura de toda la sociedad civil de Castilla-La Mancha, que ha participado desde el consejo y que ha traído esta ley hoy aquí. Así que, agradeciendo una vez más a todo el tejido que nos acompañe, y su trabajo, muchísimas gracias. (Aplausos). 

SEÑOR PRESIDENTE DE LAS CORTES: Muchas gracias, señor Escudero. Tiene la palabra don Francisco Pérez Torrecilla, como ponente designado por la comisión para la defensa del Dictamen, por tiempo máximo de 15 minutos.

DON FRANCISCO PÉREZ TORRECILLA: Muchas gracias, presidente. Buenos días, señoras y señores diputados, señor consejero de Desarrollo Sostenible, don José Luis Escudero, buenos días. Quiero saludar muy especialmente a todas las personas que hoy nos acompañan desde la tribuna de invitados, que vienen en representación de diferentes colectivos y entidades, tanto públicas como privadas, todas ellas relacionadas muy directamente con la tramitación de este proyecto de ley de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha, cuyo Dictamen hoy debatimos y votamos, con el deseo de acabar su tramitación parlamentaria con la aprobación unánime de todos los grupos parlamentarios. 

Como digo, buenos días a todas y a todos, y mi más cordial bienvenida a estas Cortes de Castilla-La Mancha en nombre del Grupo Parlamentario Socialista. Señorías es para mí una enorme satisfacción poder defender en esta Cámara regional el Dictamen del Proyecto de Ley de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha. Un proyecto de ley tramitado de forma ejemplar, con un excelente índice de participación ciudadana, como decía el consejero, en general, y de los colectivos implicados muy especialmente. 

La tramitación puramente parlamentaria del proyecto de ley comienza el 30 de agosto de 2019, con su correspondiente registro en las Cortes y su posterior calificación favorable por la Mesa el día 5 de septiembre, admitiéndose a trámite en esa misma fecha. El 9 de septiembre, el proyecto de ley se publica en el Boletín Oficial de las Cortes, abriéndose en ese mismo día el correspondiente plazo de enmiendas, que finaliza el día 26 de septiembre. 

En este periodo se registran un total de dos enmiendas, ambas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular. El 7 de octubre de 2019 son calificadas favorablemente y admitidas a trámite por la Mesa, y un día después son publicadas en el Boletín oficial de las Cortes. Las dos enmiendas, junto a la elaboración del Dictamen al proyecto de ley, son debatidas en la Comisión de Desarrollo Sostenible celebrada el día 29 de enero. Durante el debate en comisión y la correspondiente votación son rechazadas las dos enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, quedando aprobado el Dictamen al proyecto de ley. 

El pasado lunes 3 de febrero se publica en el Boletín Oficial de las Cortes el Dictamen y la relación de enmiendas que se mantienen por el Grupo Parlamentario Popular para su defensa en este Pleno. Desde la celebración de la comisión el pasado día 30 de enero, han sido varios los contactos que se han mantenido entre el Grupo Parlamentario Socialista y Popular, para intentar un acuerdo que finalmente ha sido posible, y el Grupo Parlamentario Popular va a retirar las enmiendas, como ya hemos podido concretar hace un momento. Un gesto que el Grupo Parlamentario Socialista agradece enormemente, por la fortaleza que da a la ley la aprobación por unanimidad de todos los grupos parlamentarios de estas Cortes. 

Quiero agradecer también en este momento al Grupo Parlamentario Ciudadanos su disposición, que creo que me consta por lo que pudimos hablar y debatir en la comisión, como digo, su disposición para que esta ley de evaluación ambiental salga adelante también por unanimidad por su parte. El proyecto de ley de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha está compuesto por 71 artículos estructurados en 3 títulos, 2 disposiciones adicionales, 1 disposición transitoria, 1 disposición derogatoria, 2 disposiciones finales y 6 anexos. 

El título 1 se destina a los principios y disposiciones generales, que básicamente son similares a los que contiene la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, y como aspecto más novedoso aparece regulada la posible finalización de las evaluaciones ambientales contrarias a disposiciones normativas o por inviabilidad ambiental manifiesta. 

El título 2 regula los procedimientos de evaluación ambiental. En un primer capítulo regula la evaluación ambiental estratégica de planes y programas, tanto ordinaria, en la sección primera, como simplificada, que lo hace en la sección segunda. En el capítulo 2 regula de forma similar la evaluación de impacto ambiental de proyectos con una sección primera, que se refiere a la ordinaria, y una sección segunda, relativa a la simplificada. Además, se incorpora una sección tercera, sobre la coordinación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y de autorización ambiental integrada. Una sección cuarta, sobre la coordinación con los trámites derivados de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera.

En el título 3 se regula el seguimiento y el régimen sancionador de la ley. Las dos disposiciones adicionales trasladan al ámbito autonómico lo establecido en la Ley 21/2013, en cuanto a la posible acumulación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, así como los correspondientes requisitos en cuanto a la tramitación telemática. 

La disposición transitoria trata de prever los distintos supuestos derivados de las evaluaciones ambientales realizadas de acuerdo con la Ley 4/2007, de 8 de marzo, tanto en los casos en que se hubieran finalizado antes de la entrada en vigor del texto propuesto, como en los casos en que sea posterior su finalización. 

El proyecto de ley deroga también la Ley 4/2007, de 8 de marzo, y el Decreto 178/2002, de 17 de diciembre, dada su incompatibilidad con la gestión básica estatal vigente. En la disposición final primera se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su ejecución y desarrollo, y, en particular, para modificar sus anexos con el fin de adaptarlos a la legislación básica estatal y la Normativa vigente en general. 

Los anexos 1 y 2 incorporan el conjunto de los proyectos detallados en los anexos equivalentes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, y en aquellos otros que en el ámbito de Castilla-La Mancha se ha considerado que procede someter a evaluación de impacto ambiental. Los anexos 3 y 5 incluyen los criterios respectivos que han de seguirse por parte del órgano ambiental, para determinar si de la evaluación de impacto ambiental procede deducir la necesidad de articular los correspondientes procedimientos ordinarios. 

El anexo 4 contiene la información que ha de formar parte del estudio ambiental estratégico. Por último, el anexo 6 detalla la información necesaria para el estudio de impacto ambiental, así como una serie de conceptos técnicos necesarios para la correcta realización de la evaluación ambiental. Señorías, la evaluación ambiental es una herramienta indispensable para la protección del medio ambiente, que persigue como fin contribuir al desarrollo sostenible, y, además, permite incorporar los criterios de sostenibilidad en la toma de decisiones estratégicas a través de la evaluación de los planes y programas. 

Mediante la vigente Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, España mantiene y actualiza el sistema de evaluación ambiental después de más de 25 años de aplicación, constituyendo la transposición de la Normativa europea al ordenamiento jurídico español. 

Esta ley de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha se encuadra dentro de la protección del medio ambiente contemplada en el artículo 149.1, vigésimo tercera de la Constitución española, como competencia exclusiva del Estado. En el ámbito regional esta ley se ampara en el artículo 31.1, vigésimo octava, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, que le atribuye a esta comunidad competencias exclusivas en materia de procedimiento administrativo, y en su artículo 32, que atribuye su competencia del desarrollo legislativo y la ejecución en materia de protección del medio ambiente y de los ecosistemas. 

El objetivo de esta ley es establecer la regulación de la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que pueden tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando en todo el territorio de Castilla-La Mancha un elevado nivel de protección ambiental, con el fin de promover un desarrollo sostenible. 

Cabe destacar que en algunos aspectos se introduce un mayor grado de protección del medio ambiente, como ocurre al extender a más categorías de proyectos la obligatoriedad de seguir los procedimientos de evaluación de impacto ambiental. 

En definitiva, señorías, estamos ante una ley muy necesaria para Castilla-La Mancha, que cuenta y ha contado durante todo su proceso de tramitación con una muy amplia participación ciudadana, y de todos los colectivos interesados e implicados. Señoras y señores diputados, creo que el elevado nivel de consenso con el que este proyecto de ley ha llegado hasta las Cortes de Castilla-La Mancha, y la presumible disposición, como decía antes, de todos los grupos parlamentarios de esta Cámara, para llegar a un acuerdo, hace muy posible que finalmente la ley de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha pueda ser aprobada por unanimidad.

Unanimidad que es lo que merecen los colectivos implicados en su tramitación, es lo que merece la sociedad castellanomanchega, es lo que merecen estas Cortes, y, por supuesto, lo merece la propia ley. Muchas gracias. (Aplausos).

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